Guía esencial para rentar su inmueble de forma segura, equilibrada y rentable.
Rentar un departamento o una casa es la única alternativa que queda para quienes no pueden comprar una propiedad. Aunque las posibilidades de crédito hipotecario han mejorado, todavía resulta inaccesible comprar por medio de financiamiento.
La demanda de propiedades en renta se aglutina en los rangos entre tres mil y cinco mil pesos mensuales, no así en rangos superiores, en donde la oferta está superando a la demanda e incluso los precios se tienen que ajustar si el propietario quiere rentar su inmueble.
Las condiciones del contrato que se firma deben guardar equilibrio entre ambas partes. El dueño y el inquilino deberán establecer con antelación cuáles son las condiciones, incluso saber con certeza cuáles son las opciones de ambos, para poder mantener el mismo contrato por varios años.
Y en caso de alguna diferencia, dejar establecido que será arreglada bajo los lineamientos del Código Civil correspondiente.
Hay una regla, no oficial, que se basa en el valor comercial del inmueble. Hay que conocer el precio de venta y sobre este calcular el de renta. Hasta hace dos años el porcentaje utilizado fluctuaba alrededor del 0.8%, ahora es de 0.7% para los rangos de vivienda media residencial, 0.6% para la residencial y hasta 1% cuando se trata de vivienda popular.
Además, dentro de cada rango el precio puede modificarse hacia abajo o hacia arriba por el estado de conservación, ubicación y demanda de la zona.
Los arreglos o reparaciones mayores, que tienen que ver con la funcionalidad del inmueble (instalaciones eléctrica, hidráulica y sanitaria), las deberá pagar el propietario. Al inquilino le corresponden las reparaciones menores.
En este aspecto se puede llegar a un acuerdo, definiendo un monto fijo para identificar quién paga la reparación. Algunos promotores inmobiliarios establecen entre el 8% y 12% de una renta mensual. Por ejemplo, si la renta es de 8 mil pesos, todas las reparaciones por abajo de 800 pesos (el 10%) las paga el inquilino; lo que se pase de ese rango lo paga el propietario.
En caso de que el propietario decida vender el inmueble, el inquilino tiene derecho al tanto, con lo que puede hacer una oferta para adquirir el inmueble bajo las mismas condiciones que el propietario esté solicitando.
Si la propiedad se vendiera antes de que termine el contrato de arrendamiento, el nuevo dueño tiene que respetar las condiciones pactadas por el anterior propietario.
Cada parte del contrato debe conocer qué sucederá al finalizar el plazo de arrendamiento: si se puede renovar y bajo qué condiciones. En el contrato debe quedar establecida la vigencia del arrendamiento y, de darse continuidad, la forma en que se incrementará el precio de la renta.
Generalmente se usa como parámetro, para el incremento anual de la renta, el índice de inflación del año anterior.
Actualmente la mayoría de los contratos de arrendamiento requieren de un mes de depósito, además de la fianza correspondiente. El depósito sirve para garantizar al propietario los pagos que pudieran surgir después de finalizar el arrendamiento.
Contrario a lo que muchas personas consideran, no es el pago anticipado del último mes del contrato. El inquilino deberá pagar todos los meses del plazo del contrato y esperar a que se liquiden los gastos de servicios y, en su caso, reparaciones, para conocer si quedó un saldo a su favor, calculado sobre el monto de depósito.
La fianza se paga para garantizar el pago de la renta. Es el inquilino quien debe pagarla, generalmente cuesta el equivalente al 80% de un mes de renta.
Un contrato de arrendamiento es un acuerdo entre ambas partes, el arrendador y el arrendatario. Es importante dejar claro en ese documento todos los derechos y responsabilidades de cada una de ellas.
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